El laboratorio de Análisis del Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Provincia de Alicante dispone de un servicio de consultas e información científica y técnica y un servicio de análisis de aguas y alimentos dirigido a los farmacéuticos, a la industria y a la población en general.
Las cualificaciones conseguidas suponen un reconocimiento a la competencia técnica, y permiten que los resultados derivados del trabajo de nuestro laboratorio sean reconocidos y aceptados, tanto a nivel nacional, como internacional.
Respondemos a las exigencias que imponen los Organismos Acreditadores, para así garantizar la calidad de nuestros resultados.
Los compañeros farmacéuticos, la industria alimentaria y otros sectores, tanto públicos como privados, utilizan nuestros servicios de análisis en el campo de los alimentos y del agua. Nuestro equipo de trabajo está formado por personal técnico y auxiliar, altamente cualificado. Contamos con un equipo técnico sofisticado como espectrofotometría de absorción atómica, cromatografía de gases, cromatografía líquida de alta eficacia y espectrofotometría UV-visible, entre otros, pudiendo ofrecer de esta manera, calidad y rapidez en los resultados.
Condiciones de trabajo del laboratorio:
El cliente asume el pago de los análisis solicitados conforme a las siguientes condiciones:
Precio: conforme a las tarifas establecidas por el COFA
Forma de pago: previa transferencia a la cuenta corriente nº ES13 0049 4609 0625 1663 6160 o mediante tarjeta de crédito.
Condiciones de pago: se efectuará a la conclusión de los trabajos analíticos y previo a la entrega del boletín de análisis.
El COFA facilitará la factura de los trabajos realizados.
Existe un procedimiento de quejas a disposición del cliente.
El COFA asume el compromiso de mantener la confidencialidad de los datos y resultados de los trabajos realizados, en el sentido de no utilizar, ni divulgar las informaciones obtenidas en el desarrollo de sus actividades, y particularmente los resultados de ensayo y las informaciones suministradas por el cliente para la realización de los servicios analíticos. Cuando el laboratorio sea requerido por ley para revelar información confidencial se comunicará al cliente, al menos que esté prohibido por ley.
Salvo comunicación expresa, el boletín de análisis será enviado a la dirección de correo electrónico que el cliente aporte en la solicitud.
Anexo I, PG-07, febrero 2023